martes, 8 de julio de 2014

IMPUESTOS




El Ayuntamiento de Buniel esta cobrando los impuestos de contribución, me ha parecido interesante sacar, para publico conocimiento, estas dos bonificaciones a este impuesto, ya que creo que en muchos casos se desconocen:

En la  Ordenanza Fiscal Reguladora , aprobada el Pleno en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2003, y que rige desde el día 1 de enero de 2004 (BOP numero 196 de 15/10/2003) y publicada definitivamente en el Boletín 246 de 26/12/2013 se exponen de forma clara en su articulo 4 en apartados 1 y 5  las siguientes bonificaciones sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles:

1. Tendrán derecho a bonificación del 5 por ciento de la cuota del impuesto los sujetos pasivos que domicilien sus deudas por razón de este impuesto en una Entidad Financiera.

5. Tendrán derecho a una bonificación del 50 por ciento de la cuota íntegra del impuesto sobre bienes de naturaleza urbana los sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa, mientras dure tal condición y acreditando la misma con la presentación del Libro de familia.

Si tenéis domicializado el recibo tenéis un 5% de descuento y si sois familias numerosas la bonificacion es del 50%, hay que reclamar en la Diputación.
Son tiempos de ahorro y me ha parecido interesante mostraros esto.
La ordenanza reguladora pulsando aqui 
Que Fortuna nos sonría.

2 comentarios:

Tot Barcelona dijo...

Yo tengo un hijo legítimo, y con la cubana dos...
¿ Me hacen descuento si presento las facturas de los tres pares de alpargatas ?
Vale ....
¡ qué poco sentido del humor ¡


D.F. dijo...

¿Solo uno? Miquel, yo esperaba más de un "pichabrava" como tu... jajaja